martes, 16 de junio de 2009

Bignone: Una parcialidad demasiado obvia...

El Tribunal Oral en lo Federal Tres, aceptó la recusación del juez Oscar Alberto Hergott para integrar el cuerpo que deberá juzgar al ex Presidente Reynaldo Benito Antonio Bignone en el marco de la reapertura de los juicios, por la lucha contra el terrorismo en la década del 70.
En éste caso, es por una causa en el Hospital Posadas, de la localidad de Haedo en la provincia de Buenos Aires.
En una resolución concisa, los camaristas José Martínez Sobrino, Julio Panelo y María Cristina San Martino, hicieron lugar a un planteo del abogado Juan Aberg Cobo (h) para lograr que se aparte a Hergott por temor de “haber perdido la imparcialidad”.
Ya los camaristas Miguel Pons y Gerardo Larrambebere están excusados en esta causa, por lo que la Cámara Nacional de Casación Penal deberá sortear a los magistrados que los reemplacen.
Los camaristas que hicieron lugar al planteo del abogado del ex Presidente, aclararon en la resolución “que dicha recusación no debe ser confundida con una agresión a su honorabilidad y honestidad” de Hergott “conservando el más elevado concepto en cuanto a su integridad moral y rectitud profesional” de su colega.
El ex Presidente Bignone, al prestar declaración indagatoria, imputado por la detneción de una veintena de personas del Hospital Posadas, admitió que cuatro días después del golpe Cívico Militar del 24 de marzo de 1976, dispuso la intervención de ese centro asistencial “motivada en informes de inteligencia que daban cuenta de la frecuente atención a guerrilleros”.
La recusación de Hergott obedeció, además, por los dichos del Juez en el incidente de excusación del juez Pons. Entonces, el juez Hergott juzgó de "hechos aberrantes, los de aquella época de terror".
Tales afirmaciones, dice el abogado del ex Presindente Bignone, "me persuaden que el juez aquí recusado ha perdido su objetividad, no es ni será confiable en su actuación de la juzticia, y su actuación será parcial, evento éste que no asegurará los valores de la libertad y la dignidad humana de mi pupilo, ya que seguramente y debido al preconcepto arriba expresado, el mismo no será imparcial a la contienda de las partes y no dará única razón a las pruebas y a la aplicación del rigor de la ley."
Cita también en su fundamento el Dr. Aberg Cobo, el artículo 8.1 de la Conveción Americana sobre Derechos Humanos que dice: "Toda personas tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías... por un juez o un Tribunal competente, independiente e imparcial..."

1 comentario:

Anónimo dijo...

Antiguamente, cuando el Poder Judicial era independiente, los Jueces solo hablaban a través de sus sentecias. Hoy en el mundo mediático que vivimos, todos quieren tener su porción de fama y se expresan por cualquier medio y en algunos casos descuidando la objetividad que su profesión y cargo judicial le exigen. Es una vergüenza!