martes, 12 de junio de 2012

La venganza de Montoneros pelea por reescribir la Historia


Ordenan la remoción del monumento a Manchalá



El Ministerio de Defensa de la Nación ordenó al Ejército en Salta remover el monumento al mal llamado Combate a Manchalá construido allí para emular al terrorismo de Estado ocurrido en los setentas en Argentina.
Fuentes cercanas a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, mostró el dictamen que derivó en la decisión encarada por Defensa ante esto que comenzó como un proyecto presentado por el concejal Martín Ávila.
En el dictamen la Secretaría declara: El denominado "plan Cóndor" consistió en un operativo de coordinación represiva entre las dictaduras de diferentes estados americanos. Miles de ciudadanos de los países del cono sur fueron víctimas de la metodología criminal establecida por dicho plan, que ha motivado el unánime repudio de los gobiernos democráticos de la región, los cuales, en la XX Reunión de Altas Autoridades en Derechos Humanos y Cancillerías del MERCOSUR y Estados Asociados, celebrada en la ciudad de Montevideo, capital de la República Oriental del Uruguay, decidieron conformar un "Grupo Técnico de obtención de datos, información y relevamiento de archivos de las Coordinaciones Represivas del Cono Sur y en particular de la Operación Cóndor".

VII. Por otra parte, el denominado "Operativo Independencia", si bien ordenado por un gobierno electo por el voto popular, en la práctica adoptó la metodología del terrorismo de estado, al utilizar a las fuerzas armadas y de seguridad para el aniquilamiento de sectores de la población civil mediante violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos.
VIII. Desde el 25 de mayo de 2003, por la iniciativa del entonces Presidente de la Nación, Dr. Néstor Carlos Kirchner, los derechos humanos han ocupado el centro de la acción de gobierno, constituyendo la nota distintiva del proyecto nacional y popular comenzado por dicho mandatario y continuado y profundizado por la gestión de la Presidenta Dra. Cristina Fernández de Kirchner.
En ese sentido, el proceso de Memoria, Verdad y Justicia en relación a los crímenes cometidos por el terrorismo de Estado ha sido reivindicado por los tres poderes del Estado democrático, como parte integrante del contrato social de los argentinos. Las políticas públicas desarrolladas en la materia son el mejor testimonio, siendo el sistema reparatorio de las víctimas y la creación del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA algunas de las pruebas palmarias del rechazo absoluto a toda forma de represión ilegal, de quebrantamiento de la institucionalidad y por sobre todo, de violación a los derechos humanos y la ratificación de la vocación irreductible de bregar por instalar en nuestra sociedad la conciencia plena de tales convicciones.
La preservación de la memoria es el punto de partida desde el cual se proyecta a las próximas generaciones, la verdad histórica y la memoria colectiva de un pueblo que necesita corregir los errores sobre las sombras y el dolor por tanta muerte.
Como consecuencia de todo ello, no puede el Estado democrático asignar denominaciones honoríficas, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de carácter público, a situaciones que constituyeron una participación activa en la represión ilegal y en el quebrantamiento de la institucionalidad democrática.
IX. Por tales razones, y habida cuenta de que el monumento cuestionado reivindica el terrorismo de estado y hace apología del mismo, entiendo que corresponde apoyar la petición efectuada por el H. Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta y en consecuencia solicitar al Ministerio de Defensa de la Nación la remoción del denominado "Monumento al Combate de Manchalá" ubicado en los campos del Ejército en la ciudad de Salta, provincia del mismo nombre.
Sin perjuicio de ello, si existiera alguna placa rememorativa de algún soldado conscripto, la misma podrá ser trasladada a otro lugar de la Guarnición.
X. Por último, y toda vez que conforme la documental adjunta, existe una denuncia caratulada: "Leonard, Nora s/Denuncia desaparición de personas", Expte Nº 11/11 del Juzgado Federal Nº 2 de Salta, en donde se denuncia que una llamada telefónica anónima mencionó la existencia de cuerpos de personas desaparecidas sepultados debajo del monumento mencionado, opino que la remoción solicitada debería realizarse previa comunicación al juez que instruye en la causa, para que ordene las diligencias necesarias para avanzar en la investigación de la denuncia a fin de obtener certeza positiva o negativa al respecto.

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