martes, 17 de enero de 2012

En una carta pública, el Padre von Wernich denuncia que el jefe del servicio penitenciario federal hace persecución religiosa


El que siembra injusticias cosechará desgracias
y la vara de su furor lo aniquilará”      Prov. 22,8

¡¡¡ Sin Dios para todos !!!

Padre Christián von Wernich

Como ex Capellán de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, sometido a un proceso jurídico-político desde el año 2003, condenado a Reclusión Perpetua, confinado en el Penal de mediana Seguridad de Marcos Paz – Buenos Aires, de 74 años de edad, acompañado por otros miembros de las FFAA, de Seguridad, Policiales y Penitenciarias –muchos de ellos octogenarios-, por haber combatido al terrorismo subversivo marxista durante los años 1976 a 1983, hago saber a las Autoridades de la Iglesia Católica, que acabamos de ser víctimas del más miserable y vengativo atropello a la dignidad humana en su libertad religiosa garantizada por nuestra Constitución Nacional y los Derechos Humanos, al prohibirnos el ingreso diario a la Capilla del Penal a las 18 horas, para nuestra “Hora Santa”, frente al Santísimo Sacramento expuesto y a la reunión de grupos de oración con estudio de la Biblia y del Espíritu Santo, como lo veníamos haciendo desde el año 2007, sin ningún tipo de problema dentro del mayor respeto y recogimiento.

Padre Von Wernich, preso político de Argentina

Esta prohibición, persecutoria a la Fe de los Católicos, es a consecuencia de una falsa denuncia anónima –no investigada- valorada como verídica por parte del señor Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal y su Consejo Asesor.

Si el señor Director Nacional hubiese investigado ese anónimo que decía: “…von Wernich celebra misa en la capilla…”, se hubiese evitado tomar la irracional medida que ordenó y que motiva esta notificación a Ustedes, señores Arzobispos y Obispos de Argentina. Pero al no investigar –y obrar tal como lo hizo, en forma inconsulta- está manifestando una ideología al Cristianismo que entre otras cosas dice: “… Dios, opio de los pueblos…”,es decir, la ideología comunista marxista.

Mi Obispo Diocesano dispuso que en este Penal, donde estoy recluido, solamente celebre la Santa Misa en mi celda-calabozo y no en la Capilla. Así lo cumplo. En la Capilla, durante la Misa celebrada por los Capellanes, generalmente hago de “monaguillo” o de “sacristán”,al preparar el Altar. Testigo de ello son todos los Capellanes y los Obispos que han celebrado la Santa Misa para los Internos y los “Presos Políticos” de los que formo parte.



Han estado muy mal asesoradas las Autoridades del Servicio Penitenciario Federal, al prohibir actos religiosos a los Católicos y al tratar de convertir las capillas en depósito o pañol, como lo están haciendo en otros Penales.

 Victor Hortel (corbata de Estudiantes de La Plata, abrazado a dos mujeres), Jefe del Servicio Penitenciario Federal, en un casamiento de lesbianas en un penal

Ante la gravedad de los hechos que están ocurriendo, sugiero a los señores Arzobispos y Obispos que contemplen la posibilidad de una amplia investigación, que ponga en descubierto esta infame, diabólica e ideológica persecución a la Fe y actos culturales de los católicos, en el Penal de Marcos paz.

Esta falsa denuncia que no fue investigada para determinar si era verdadera o engañosa, motivó un abrupto traslado de personal superior y celadores de nuestro Pabellón a otros destinos, por el solo hecho de la “… misa del Cura von Wernich…”.

La celeridad de la medida contra la fe y la de los traslados del personal del Servicio Pednitenciario Federal afectado a nuestro Pabellón no es nada, semejante a la desidia y el abandono del arreglo -que desde hace más de 10meses se derrumbaba- del alambre-cerco perimetral externo de este penal, que dice ser de “mediana seguridad”.

Para ir en contra de Dios y de los católicos, actuaron en forma inmediata, aunque no sea real lo denunciado. Pero contra la inseguridad y el arreglo del cerco perimetral –que continúa en el piso- el arreglo sigue “dormido” y sin solución hasta la fecha.

Nos encomendamos a sus oraciones y pedimos a María de Luján, proteja nuestra Patria para que no se haga realidad el “… Sin Dios para todos…”.


Christián von Wernich
Sacerdote - Preso Político

Marcos Paz, Enero de 2012.

5 comentarios:

capitan futuro dijo...

"víctimas del más miserable y vengativo atropello a la dignidad humana en su libertad religiosa garantizada por nuestra Constitución Nacional y los Derechos Humanos, al prohibirnos el ingreso diario a la Capilla del Penal a las 18 horas",para nuestra “Hora Santa” ¿No será mucho che?
De las fotos deduzco que equiparas al cura con las lesbianas. O a las lesbianas con el cura. O a una ceremonia civil con una religiosa.
en la biblia dice que donde hay dos personas o mas reunidas en nombre de dios ahí esta El (cuack)lo cual lleva a pensar que no hay ningún problema en que el cura de una misa o lo que sea en una celda. Si hay otra persona o mas, está con dios. El punto es que el cura es un preso (Que pone en su carta PENAL DE MEDIANA SEGURIDAD DE MARCOS PAZ lo que baja los decibeles de ustedes cuando lo tratan poco menos de campo de concentración) Y está sujeto a las normas de este penal. Da por seguro que el jefe del penal no investigó nada. Seguro que no daba misa. tan seguro como que en el penal de Bower, en la celda de Luciano benjamín Menendez (hoy con domiciliaria) no había un cuadro de San martín y un cartel que rezaba "Oficina del Gral Menendez" Tan seguro como que Febrés no andaba a caballo mientras estaba detenido (las fotos deben ser trucadas) tan seguro como que son mentiras las reiteradas vilaciones a los arrestos domiciliarios que cometen los octogenarios que "combatieron al marxismo"

Anónimo dijo...

No hay ninguna prohibición de tener la foto de San Martín en la celda y si Febres andaba a caballo fue porque estaba detenido en el Cuerpo de Policía Montada. Tampoco está prohibido el humor: "oficina del Gral Menendez".
Las autoridades judiciales o penitenciarias no pueden prohibirle a von Wernich que oficie misa porque es sacerdote y consagrar misa es parte de su religión. El no lo hace porque su Obispo le solicitó que sólo celebre misa en su celda, no porque el juez o cualquier autoridad laica se lo prohiba o pueda hacerlo. Si hubiese sido verdad o mentira que celebró misa, no es algo por lo que las autoridades puedan sancionarlo, prohibiéndole el ingreso a la Capilla. Existe la libertad religiosa (todavía) y eso incluye la libertad de profesar libremente la religión que uno elige. A ver si ahora la Kirchner es papisa para mandar en temas religiosos.
Lo que hicieron es una persecución religiosa que no nos sorprende para nada considerando el gobierno que tenemos y la pusilanimidad de los jueces.

capitan futuro dijo...

"Mi Obispo Diocesano dispuso que en este Penal, donde estoy recluido, solamente celebre la Santa Misa en mi celda-calabozo y no en la Capilla. Así lo cumplo."
O sea nadie le prohibió dar misa, sino entrar a la capilla del penal, que se sobreentiende no es propiedad de la iglesia católica sino un espacio que el servicio penitenciario dispone para estos casos

Anónimo dijo...

Mañana le prohiben entrar al baño, con ese mismo argumento. No es propiedad de la Iglesia Católica, que se haga encima.

Anónimo dijo...

Ley 24660

Sanción: 19 de junio de 1996. Promulgación: 8 de Julio de 1996 Boletín Oficial: 16 de Julio de 1996

Capitulo 10: Asistencia Espiritual:

Articulo 8º. Las normas de ejecución serán aplicadas sin establecer discriminación o distingo alguno en razón de raza, sexo, idioma, religión, ideología, condición social o cualquier otra circunstancia. Las únicas diferencias obedecerán al tratamiento individualizado.

Articulo 153. El interno tiene derecho a que se respete y garantice su libertad de conciencia y de religión, se facilite la atencion espiritual que requiera y el oportuno contacto personal y otros medios autorizados con un representante del credo que profese, reconocido e inscripto en el Registro Nacional de Cultos. Ninguna sanción disciplinaria podra suspender el ejercicio de este derecho.

Artículo 154: El interno será autorizado, en la medida de lo posible, a satisfacer las exigencias de su vida religiosa, participando de ceremonias litúrgicas y a tener consigo objetos, libros de piedad, de moral e instrucción de su credo, para su uso personal.

Artículo 155: En cada establecimiento se habilitara un local adecuado para celebraciones litúrgicas, reuniones y otros actos religiosos de diversos cultos reconocidos.

Articulo 156: En todo establecimiento penitenciario se celebrara el culto católico, en forma adecuada a las posibilidades edilicias de que disponga. La concurrencia a estos actos será absolutamente voluntaria.

Articulo 157: Los capellanes de los establecimientos tendrán a su cargo la instrucción religiosa y moral y la orientación espiritual de los internos, incluso de los no católicos que la aceptaren.

Articulo 165: La enfermedad o accidentes graves o el fallecimiento del interno, será comunicado inmediatamente a su familia, allegados o persona indicada previamente por aquel, al representante de su credo religioso y al juez de ejecución o juez competente.